Si vives en Francia, resolvemos tu trámite en Venezuela sin que viajes: tú firmas allá y nosotros gestionamos aquí.
Desde el 1 de mayo de 2025 la apostilla en Francia la emite el notariado —los quince consejos regionales y cámaras interdepartamentales de notarios—, y ya no las fiscalías de los tribunales de apelación. Puedes confirmar cuál es la autoridad vigente en el registro oficial de autoridades del Convenio de La Haya, que se actualiza país por país.
Ese cambio trajo una ventaja concreta: desapareció la competencia territorial. Cualquiera de los quince consejos puede apostillar tu documento, sin importar la región donde se emitió, y buena parte del trámite se hace en línea. Desde el 1 de septiembre de 2025 el notariado asumió también la legalización para países fuera del Convenio. Si te guiaste por una información anterior y fuiste a la cour d'appel, ese ya no es el sitio.
Al ser Francia y Venezuela partes del Convenio, un documento apostillado allí se acepta aquí sin legalización consular adicional. Si en tu caso hiciera falta otra vía, te lo advertimos antes de que gastes en nada.
Un documento redactado en francés no se presenta tal cual ante un registro, una notaría o un tribunal venezolano: debe traducirse al castellano por un intérprete público autorizado en Venezuela. La traducción se hace después de la apostilla, para que el sello también quede traducido. Esa coordinación la hacemos nosotros.
Horario: Francia va cinco horas por delante de Venezuela en invierno y seis en verano. Coordinamos las llamadas y videollamadas en la franja que te sirva.
Pago: Desde Francia lo habitual es la transferencia internacional o Binance/USDT. Aceptamos Zelle, Binance/USDT, transferencia internacional, pago móvil y Nequi o llave en Colombia.
Con un poder autorizas a alguien —o a nuestro bufete— a actuar por ti en Venezuela. Lo que decide si sirve o no son las facultades expresas que contenga (art. 154 del Código de Procedimiento Civil): un poder genérico suele ser rechazado por el registro cuando se trata de vender o cobrar. Por eso lo redactamos a la medida del acto concreto.
El detalle completo, con todos los supuestos, está en la página del servicio: Poder en Venezuela.
Con eso preparamos el borrador y te lo enviamos para que lo revises antes de firmar: lo que firmes ya va corregido.
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El honorario se confirma por escrito antes de empezar, junto con los aranceles oficiales que correspondan. Sin sorpresas ni cobros a mitad del trámite.
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Sí. Firmas ante un notaire francés, apostillas el documento en Francia y nosotros lo hacemos valer en Venezuela. No necesitas volver al país.
Desde el 1 de mayo de 2025 la apostilla en Francia la emite el notariado —los quince consejos regionales y cámaras interdepartamentales de notarios—, y ya no las fiscalías de los tribunales de apelación. Te indicamos el paso exacto según el documento.
No necesariamente. Para actos de disposición hace falta facultad expresa; un poder de administración genérico suele ser insuficiente y el registro lo rechaza. Redactamos el poder con las facultades exactas del acto que vas a hacer.
El poder se mantiene hasta que lo revoques, salvo que se le fije un plazo o que su objeto se agote al cumplirse. Si lo prefieres, le fijamos vigencia limitada.
Escríbenos por WhatsApp o por el formulario de esta página con tu caso; te damos los pasos y el presupuesto por escrito. Este servicio está publicado desde 150 USD.
Abg. Adelaida Mata · abogada colegiada, inscrita en el INPREABOGADO
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