Si vives en Perú, resolvemos tu trámite en Venezuela sin que viajes: tú firmas allá y nosotros gestionamos aquí.
En Perú la apostilla la emite el Ministerio de Relaciones Exteriores. Puedes confirmar cuál es la autoridad vigente en el registro oficial de autoridades del Convenio de La Haya, que se actualiza país por país.
El documento se firma ante notario peruano y se apostilla ante Cancillería; al estar en español no requiere traducción para usarse en Venezuela.
Al ser Perú y Venezuela partes del Convenio, un documento apostillado allí se acepta aquí sin legalización consular adicional. Si en tu caso hiciera falta otra vía, te lo advertimos antes de que gastes en nada.
El reconocimiento de grados y títulos extranjeros lo otorga la SUNEDU, que exige el título apostillado en el país de origen.
Nosotros obtenemos y apostillamos en Venezuela el título, las notas certificadas y el pénsum; tú solo los presentas allá.
Horario: Perú va una hora por detrás de Venezuela (UTC−5). Coordinamos las llamadas y videollamadas en la franja que te sirva.
Pago: Desde Perú lo más frecuente es Binance/USDT. Aceptamos Zelle, Binance/USDT, transferencia internacional, pago móvil y Nequi o llave en Colombia.
Con un poder autorizas a alguien —o a nuestro bufete— a actuar por ti en Venezuela. Lo que decide si sirve o no son las facultades expresas que contenga (art. 154 del Código de Procedimiento Civil): un poder genérico suele ser rechazado por el registro cuando se trata de vender o cobrar. Por eso lo redactamos a la medida del acto concreto.
El detalle completo, con todos los supuestos, está en la página del servicio: Poder en Venezuela.
Con eso preparamos el borrador y te lo enviamos para que lo revises antes de firmar: lo que firmes ya va corregido.
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El honorario se confirma por escrito antes de empezar, junto con los aranceles oficiales que correspondan. Sin sorpresas ni cobros a mitad del trámite.
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Sí. Firmas ante una notaría peruana, apostillas el documento en Perú y nosotros lo hacemos valer en Venezuela. No necesitas volver al país.
En Perú la apostilla la emite el Ministerio de Relaciones Exteriores. Te indicamos el paso exacto según el documento.
No necesariamente. Para actos de disposición hace falta facultad expresa; un poder de administración genérico suele ser insuficiente y el registro lo rechaza. Redactamos el poder con las facultades exactas del acto que vas a hacer.
El poder se mantiene hasta que lo revoques, salvo que se le fije un plazo o que su objeto se agote al cumplirse. Si lo prefieres, le fijamos vigencia limitada.
Escríbenos por WhatsApp o por el formulario de esta página con tu caso; te damos los pasos y el presupuesto por escrito. Este servicio está publicado desde 150 USD.
Abg. Adelaida Mata · abogada colegiada, inscrita en el INPREABOGADO
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