Para empresas y firmas personales que quieren venderle al Estado, pedir un crédito a la banca pública o renovar sus papeles para una licitación. Aquí está qué es la solvencia laboral, qué norma la rige, qué revisa el sistema, por qué la niegan y cuánto cuesta tenerla siempre al día.
📅 Revisada por última vez en septiembre de 2026 · preparada por el área contable y tributaria del despacho
⚠️ La solvencia laboral se revoca sola: si el RNET detecta una deuda con el IVSS, BANAVIH, INCES o INPSASEL, o una declaración trimestral atrasada, te marca insolvente aunque tu certificado diga que vence dentro de meses.
La solvencia laboral es el certificado electrónico del Ministerio del Trabajo que prueba que tu empresa cumple con sus trabajadores y con IVSS, FAOV, INCES e INPSASEL. Sale del RNET, vale un año y sin ella no contratas con el Estado. Te la dejamos lista, con el RNC y demás solvencias, por US$1.500 (renovación anual: US$600).
Tres cosas que casi nadie te dice:
Son cuatro piezas y conviene saber qué dice cada una:
El decreto fue demandado en nulidad por Conindustria y la Sala Político-Administrativa del TSJ declaró sin lugar la demanda en 2009 (exp. 2006-1123). Discutir su legalidad ya no es una vía: la vía es estar solvente.
El art. 3 del Decreto 4.248 la hace requisito indispensable para:
La Resolución 9.108 va más lejos: el Estado solo puede celebrar «cualquier tipo de actuación de carácter legal, financiero o contractual» con entidades de trabajo inscritas y solventes en el RNET (art. 11). Por eso los pliegos de licitación la piden junto con el Registro Nacional de Contratistas (RNC). Si tu cliente es una empresa del Estado, un ministerio, una gobernación o una alcaldía, te la van a pedir.
Para emitir el certificado, el sistema consulta a cinco entes. El manual oficial del RNET (septiembre de 2025) los nombra: BANAVIH, INCES, INPSASEL, IVSS y el propio Ministerio. Basta uno en rojo para que la pantalla diga «Usuario no se encuentra solvente».
| Ente | Qué tiene que estar en orden |
|---|---|
| IVSS | Empresa inscrita (sistema TIUNA), trabajadores inscritos y cotizaciones pagadas: Seguro Social Obligatorio (patrono 9 %, 10 % u 11 % según el riesgo; trabajador, normalmente 4 %) y Régimen Prestacional de Empleo (patrono 2 %; trabajador 0,5 %). |
| BANAVIH (FAOV) | Afiliación y aportes al Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda: 2 % el patrono y 1 % el trabajador, sobre el salario integral. |
| INCES | Inscripción como aportante, aporte del 2 % sobre la nómina a cargo del patrono y el 0,5 % de las utilidades que se retiene al trabajador. |
| INPSASEL | Lo que exige la LOPCYMAT (G.O. 38.236 del 26-jul-2005): delegados de prevención elegidos (art. 41) y Comité de Seguridad y Salud Laboral constituido (art. 46). El RNET te pide el número de registro del comité al inscribirte. |
| Ministerio del Trabajo | Declaración trimestral en el RNET dentro de los 15 días hábiles siguientes a cada trimestre (Res. 9.108, art. 9), datos actualizados (art. 8) y ningún desacato: providencias de reenganche, órdenes de inspección, sentencias laborales firmes. |
Hay una contribución que el RNET no revisa y el SENIAT sí: la de la Ley de Protección de las Pensiones de Seguridad Social (G.O. 6.806 Ext. del 8-may-2024), fijada en 9 % por el Decreto 4.952 (G.O. 42.880 del 16-may-2024) sobre lo que la persona jurídica paga a sus trabajadores por salario y bonificaciones no salariales. Estar solvente en el RNET no te pone al día con ella.
El art. 15 de la Resolución 9.108, que recoge el art. 4 del decreto, dice cuándo quedas insolvente. Pasa si:
El sistema te muestra en pantalla por qué estás insolvente (art. 14). Para salir hay que subsanar la causa (art. 20); si la negativa es injusta, proceden los recursos administrativos. Y cualquier persona puede denunciar ante el Ministerio a una empresa solvente que deje de cumplir (art. 17): un extrabajador molesto, por ejemplo. La única excepción es una dispensa temporal que otorga el Ministro a pedido de un órgano del Ejecutivo Nacional, con compromisos de regularización (art. 16). No se pide por ventanilla.
Por eso un reclamo laboral mal llevado cuesta mucho más que las prestaciones sociales en discusión: una providencia de reenganche desacatada te cierra la puerta del Estado hasta que la cumplas.
El certificado dice que vale un año desde su emisión. El ejemplo del manual oficial del RNET lo emite el 20-08-2025 y lo hace vencer el 20-08-2026. Ese año es el máximo, no una garantía. Tres cosas lo acortan:
Regla práctica: verifica tu estatus el mismo día en que vas a consignar la solvencia, no la semana anterior. Y ojo con un detalle del registro: el RNET te identifica con el RIF y con el correo que la entidad tiene registrado en el SENIAT. Si ese correo ya no existe, empiezas con el pie izquierdo.
La solvencia laboral casi nunca viaja sola. El pliego o el banco suelen pedir el paquete completo:
El orden importa: el RNET exige estar inscrito antes en el IVSS, BANAVIH e INCES (Res. 9.108, art. 4). Si una de esas inscripciones está a medias, ni siquiera llegas al registro.
La solvencia laboral no se «saca»: se mantiene. Por eso la vendemos de dos formas: el alta, que te deja solvente y habilitado para licitar, y el mantenimiento, que evita que el sistema te tumbe entre un trimestre y otro.
| Servicio | Qué incluye | Mínimo FCCPV (IRHM sep-2026) | Nuestro precio |
|---|---|---|---|
| Empresa lista para licitar | Inscripción o puesta al día en RNET, IVSS, BANAVIH e INCES; solvencia laboral, del IVSS, del FAOV, del INCES y municipal; inscripción en el RNC | no tabulado | US$1.500 el alta |
| Renovación anual | Actualización del RNC y renovación de todas las solvencias | no tabulado | US$600 al año |
| Nómina hasta 5 trabajadores | Nómina según la LOTTT, IVSS, FAOV, INCES, cestaticket y declaración trimestral del RNET, con alertas de vencimiento | no tabulado | US$150 al mes + US$20 por trabajador adicional |
| Cálculo de prestaciones o liquidación | Por trabajador, para cerrar un pasivo laboral antes de que se convierta en una orden que te deje insolvente | US$62,5 | US$70 por trabajador (dentro del caso laboral; se entrega tras el arranque de US$180) |
Qué hacemos: revisamos tu RIF y tus números de IVSS, BANAVIH e INCES, te decimos por escrito qué semáforo está en rojo y cuánto cuesta ponerlo en verde, regularizamos inscripciones y declaraciones, y te entregamos las solvencias emitidas. Si el bloqueo es de INPSASEL (comité o delegados sin registrar) o una providencia de reenganche, lo trabajamos con nuestro equipo jurídico y se cotiza aparte.
No incluye: aportes atrasados al IVSS, FAOV o INCES y sus recargos, tasas municipales ni la tarifa del Servicio Nacional de Contrataciones. Van aparte y te los decimos antes de empezar.
Cómo se paga: el alta, la mitad al empezar y la mitad contra entrega; la nómina, mes por adelantado. Cobramos en USDT (Binance, red TRC20) o giro internacional, más 2,5 % de costos de transferencia. No prometemos plazos del IVSS, BANAVIH, INCES ni del Ministerio: dependen de sus sistemas. Todos nuestros precios contables están en la tabla de honorarios de contadores 2026 y en contador público en Venezuela.
Esta guía es información general, no asesoría para tu caso. Los requisitos, criterios y recaudos de los trámites venezolanos cambian según el organismo, el estado, el tribunal y el momento. Nada de lo que leas aquí sustituye el estudio de tu situación concreta, y actuar solo con esta lectura puede costarte el trámite. Consúltanos antes de decidir: la primera revisión no te cuesta nada.
Un año desde su emisión: lo dice el art. 4 del Decreto 4.248 y lo repite el certificado del RNET. Pero el sistema la revoca solo si detecta una deuda con el IVSS, el FAOV o el INCES, una declaración trimestral atrasada o un desacato, así que puede caer antes.
En el Registro Nacional de Entidades de Trabajo (RNET), dentro del portal del Ministerio del Poder Popular para el Proceso Social de Trabajo. Desde 2015 es un certificado electrónico: ya no se pide ante la Inspectoría del Trabajo ni se retira en papel en una oficina del Ministerio, como decían las normas de 2006.
La consulta es pública (Resolución 9.108, arts. 12 y 17). El portal del Ministerio tiene una consulta de certificados electrónicos de solvencia laboral, y ahí la verifican los entes del Estado y la banca pública, no en el papel que les lleves.
Si vas a contratar con el Estado, sí. La inscripción en el RNET es obligatoria para toda entidad de trabajo y la declaración trimestral se presenta igual: el sistema pregunta si tienes trabajadores y, si respondes que no, te deja continuar.
Un reclamo en curso no basta. Lo que te deja insolvente es no cumplir una providencia de la Inspectoría, aunque sea cautelar, como un reenganche con pago de salarios caídos, o una sentencia laboral definitivamente firme. Mientras no la cumplas, el RNET te mantiene insolvente.
El sistema muestra la causa. Hay que subsanarla (pagar el aporte atrasado, presentar la declaración trimestral, cumplir la orden pendiente) para que el estatus cambie; si la negativa es injusta, se recurre por vía administrativa. Mándanos la captura de la pantalla y te decimos qué falta y cuánto cuesta resolverlo.
Sí. Está en el Decreto 4.248 de 2006, en los arts. 519 y 520 de la LOTTT y en la Resolución 9.108 de 2015. Conindustria pidió la nulidad del decreto y la Sala Político-Administrativa del TSJ la declaró sin lugar en 2009.
US$1.500 el alta, que incluye el RNC y las solvencias laboral, del IVSS, del FAOV, del INCES y municipal; US$600 la renovación anual; y la nómina de hasta 5 trabajadores, US$150 al mes. Los aportes atrasados y las tasas oficiales van aparte.
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Abg. Adelaida Mata
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